Auto9 de julio de 2008
A- de 2008
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Jaime Arlex Diaz Henao
✓
Tema · dato duro
Impedimentos Del Procurador Y El Viceprocurador General De La Nacion Para Emitir Concepto Respecto Del Expediente De La Referencia, Esto Es, La Demanda Contra El Articulo 106 (Parcial) De La Ley 734 De 2002. Acepta Los Impedimentos Del Procurador Y El Viceprocurador General De La Nacion.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Impedimento Y Recusacion De Procurador Y Viceprocurador General De La Nacion En Proceso De Constitucionalidad
- Aplicación del artículo 25 del decreto 2067 de 1991
Principios De Economia Y Celeridad Procesal En Impedimentos Del Procurador Y Viceprocurador General De La Nacion
- Resolución en la misma providencia
Procurador General De La Nacion En Proceso De Constitucionalidad
- Causales de impedimento
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. ACEPTAR el impedimento presentado por el senor Procurador General de la Nacion, doctor Edgardo Jose Maya Villazon, para emitir concepto de fondo respecto de la constitucionalidad de la norma acusada de la Ley 734 de 2002.
- Segundo. ACEPTAR el impedimento presentado por el senor Viceprocurador General de la Nacion, doctor Carlos Arturo Gomez Pavajeau, para emitir concepto de fondo respecto de la constitucionalidad de la norma acusada de la Ley 734 de 2002.
- Tercero. ORDENAR por Secretaria General, que una vez levantada la suspension, se REMITA el expediente al despacho del senor Procurador General de la Nacion para que proceda a la designacion del funcionario que habra de rendir en el tiempo restante, el concepto de fondo a que hace referencia el articulo 278-5 de la Carta.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
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Manuel José Cepeda Espinosa
Ponente
Jaime Araujo Rentería
Salvamento de voto
Clara Ines Vargas Hernandez
Magistrado
Humberto Antonio Sierra Porto
Presidente
Jaime Córdoba Triviño
Magistrado
Marco Gerardo Monroy Cabra
Magistrado
Mauricio González Cuervo
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Magistrado
Rodrigo Escobar Gil
Magistrado
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.